El perdón
1 m. Acción de perdonar (remitir)
2 Efecto de perdonar (remitir)
3 Indulgencia (remisión de la pena).
4 fam. Gota de cera, aceite, etc., que cae ardiendo.-
5 adv. m Con licencia o sin nota ni reparo.
6 m. pl. Obsequies que se traen de una romería, como frutas secas dulces, etc.
"El perdón depende del ofendido, y produce la reconciliación cuando sinceramente se concede y sinceramente se pide. La remisión tiene una relación particular con la pena con que merece castigarse, la concede el principe o el magistrado e impide la ejecución de la justicia. La obsolución concierne propiamente al estado del culpable: se pronuncia por el juz civil o por el ministro eclesiastico y restablede al acusado o al penitente los derechos de la inocencia."
No todos tienen la facultad de perdonar, pero todo el que la posee tiene la facultad de darse cuenta de los defectos de los demás facilitando así la muestra de los suyos propios.
2 Efecto de perdonar (remitir)
3 Indulgencia (remisión de la pena).
4 fam. Gota de cera, aceite, etc., que cae ardiendo.-
5 adv. m Con licencia o sin nota ni reparo.
6 m. pl. Obsequies que se traen de una romería, como frutas secas dulces, etc.
"El perdón depende del ofendido, y produce la reconciliación cuando sinceramente se concede y sinceramente se pide. La remisión tiene una relación particular con la pena con que merece castigarse, la concede el principe o el magistrado e impide la ejecución de la justicia. La obsolución concierne propiamente al estado del culpable: se pronuncia por el juz civil o por el ministro eclesiastico y restablede al acusado o al penitente los derechos de la inocencia."
No todos tienen la facultad de perdonar, pero todo el que la posee tiene la facultad de darse cuenta de los defectos de los demás facilitando así la muestra de los suyos propios.
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